6.7.2020. Nuevamente fueron prorrogados los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir. Esta vez será para las que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 2 de agosto inclusive del mismo año, por el término de 180 días corridos, contados a partir de la fecha de vencimiento correspondiente.
La medida fue oficializada este lunes por el director provincial de Política y Seguridad Vial, Federico Pedersoli Castellani, quien consideró para tomar tal medida la prórroga dispuesta por el Gobierno nacional respecto al aislamiento social, preventivo y obligatorio para frenar el avance del Coronavirus.
Además, Pedersoli Castellani señaló que el objetivo de esta medida es el de evitar la concurrencia masiva de personas a tramitar la renovación de su licencia de conducir en los diferentes centros de otorgamiento municipales.
Se hizo especial hincapié “en los distritos que aún no hubieran iniciado sus actividades y permitir la organización administrativa y protocolización adecuada de los mismos; sumado ello a razones de estricta emergencia sanitaria”, por lo que “resulta imperioso dictar la presente medida de prórroga”.
En otro orden, se instó en la misma disposición al cumplimiento de la misma a los Centros Emisores de Licencias de las jurisdicciones del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) a “suspender de manera preventiva y con carácter excepcional la atención al público y el otorgamiento de Licencias de Conducir hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive”.
Cabe mencionar que los distritos comprendidos en esta cuestión son: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
Quedan exceptuados los Centros de Emisión de Licencias de Conducir que ya se encuentren autorizados y operativos por disposiciones previas para el otorgamiento de Licencias de Conducir, cuando la emisión de las mismas se realice a personas excluidas de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
En esos casos, se les encomendó a dichos distritos a “articular con los ciudadanos un canal de comunicación a través de mensajería instantánea para la programación de turnos, de manera de acceder a esta modalidad de atención en forma exclusiva”.