3.9.2020. El primer artículo de una ley sancionada por la Legislatura bonaerense es claro: “Declárese la emergencia en materia de usurpaciones de propiedades privadas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires por parte de personas humanas y/o organizaciones sociales mientras continúe vigente la medida de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/20 sus normas modificatorias y complementarias”.
En definitiva, el espíritu de la ley sancionada hace eje en un concepto: “Suspéndase”.
“Suspéndase la restitución provisoria o definitiva de bienes inmuebles; suspéndase el envío de oficios de jueces a los fines de tramitar las restituciones; suspéndase las obligaciones a jueces de informar al Poder Ejecutivo la concreción de ejecuciones o lanzamientos”, dice la ley.
La normativa en cuestión es la Ley 15.172, sancionada por el Senado que preside la vicegobernadora Verónica Magario el 21 de mayo último. La misma dice que se suspende hasta el 30 de septiembre de este año “toda ejecución o lanzamiento colectivos, sea en sede civil o penal, que afecten a una pluralidad de familias y que pueda producir un mayor número de personas en situación de calle, se encuentren o no en un barrio popular incluido en los registros oficiales”, así como los desalojos de alquileres, las ejecuciones hipotecarias y los inmuebles comprados con créditos UVA.
Como se sabe, en la provincia de Buenos Aires se agudizó en las últimas semanas el conflicto por la toma de tierras, la mayor parte en los distritos del Conurbano. Hasta el momento, las personas que tomaron los terrenos están siendo imputadas por el delito de usurpación, pero no las desalojaron de los predios.