23.2.2022. El Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) tiene una sede imponente en la ciudad de La Plata. Ahora ocupa el enorme edificio que le perteneció al Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia de Buenos Aires ubicado en calle 47 entre 5 y 6.
Dicha dependencia comandada por Romina Barrios se mudó de su anterior sede que poseía dentro del edificio donde funciona la Autoridad del Agua, en calle 5 entre 39 y 40.
El edificio actual es enorme: consta de cocheras subterráneas, enormes espacios internos, decenas de oficinas dispuestas en varios pisos y salón auditorio.
La misión del OPISU –entidad que depende de la Jefatura de Gabinete encabezada por Martín Insaurralde-, es la del “diseño y la ejecución de planes, proyectos, programas y obras para la integración social y urbana de villas y asentamientos de la provincia de Buenos Aires”.
En su página institucional gba.gob.ar/opisu, el organismo explica además que según lo normado en el artículo 46° de la Ley Provincial Nº 15.164, le corresponde asistir en todo lo inherente a las materias que se enuncian a continuación:
- Efectuar un diagnóstico y evaluación integral sobre el estado de situación de los barrios populares, asentamientos y núcleos habitacionales transitorios.
- Llevar a cabo, por sí o por terceros, la realización de estudios, investigaciones, censos poblacionales y proyectos de factibilidad técnica.
- Diseñar la planificación de base para la progresiva creación de barrios en donde se encuentran ubicados núcleos habitacionales en estado de precariedad, con la finalidad de propender a efectivizar su plena integración a la trama de los municipios, por medio de la ejecución, por sí o por terceros, de las obras de construcción o autoconstrucción y toda otra obra que sea conducente a la obtención de los fines mencionados. A tal efecto, podrá interactuar con organizaciones no gubernamentales, empresas del estado, empresas del sector privado, cooperativas y/u organizaciones sociales para la planificación y ejecución de las obras referidas.
- Formular, implementar y ejecutar los programas y planes habitacionales que se definan en orden a los barrios populares, asentamientos y núcleos habitacionales transitorios, así como la atención de las situaciones de emergencia y asistencia comunitaria que resulten menester.
- Velar por el cumplimiento de los objetivos y metas de la Ley Provincial N° 14.449 y su reglamentación.
- Organizar, ejecutar y supervisar las obras de solución, mejoramiento habitacional y saneamiento ambiental, priorizando las situaciones de emergencia en barrios populares.
- Planificar y coordinar, con los organismos competentes, las intervenciones necesarias a fin de poder llevar a cabo la apertura de calles y desarrollo e implementación de servicios básicos como agua potable, cloacas, red eléctrica, gas natural, participando en la ejecución de las mismas a través de la suscripción de convenios con otros organismos públicos y/o privados, nacionales o internacionales.
- Colaborar, por medio de la coordinación con los organismos competentes, con el desarrollo de actividades que tengan por objeto favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integral con la finalidad de mejorar sustancialmente los indicadores de salud, educación, acceso a la justicia, regularización dominial y seguridad en los barrios.