21.8.2022. (Nota enviada a la redacción de este portal)
Dos policías, CONTI y CACERES, detenidos en el 2019, por un hecho ocurrido 10 años atrás, esperan respuesta de la Suprema Corte de Justicia. Se los acusa de HOMICIDIO CALIFICADO POR SER PERSONAL POLICIAL EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, cuando en la Comisaría Berisso 4, noviembre 2011, muere el aprehendido Néstor Cannizzo.
La investigación está plagada de datos contradictorios de los testigos, horarios no coincidentes, legajo que desaparece...Pero lo más relevante es esto:
1* La Asesoría Pericial Departamental La Plata, integrada por un equipo médico a cargo de la Dra. Sánchez, realizando la autopsia sobre el cuerpo del fallecido, informa causa de muerte: INSUFICIENCIA CARDIACA AGUDA SECUNDARIA A UN EDEMA DE PULMON DE ESTIRPE TOXICA (adicción a cocaína y alcohol); y aclara: NO SE CONSTATARON LESIONES DE LUCHA Y DEFENSA.
2* El perito de partes Dr. Ledesma, de la Asociación Miguel Bru, quien JAMAS TUVO A SU VISTA EL CUERPO, sino que se basó en las declaraciones de la causa y una fotografía del cuerpo de Canizzo, atribuyó su muerte a SINDROME ADFISTICO SUB AGUDO DE ETIMIOLOGIA MECANICA PRODUCIDO POR UN TRAUMA EXTERNO SOBRE LA BASE DE LA LARINGE.
¿Qué hay detrás de esta incongruencia que aleja de la lógica y objetividad a los jueces?
Quien resta Libertad a un inocente, le está quitando la vida, de a poco, y a su familia. Está cometiendo un CONTRA LA VIDA. Está matando.