Cuando les conviene, los intendentes bonaerenses se amparan en leyes de la última dictadura militar
Dictador. Videla jura en 1976.

Cuando les conviene, los intendentes bonaerenses se amparan en leyes de la última dictadura militar

4.10.2018. Lo sucedido en las últimas semanas en la Municipalidad de Brandsen es apenas un ejemplo del autoritarismo en que suelen incurrir los intendentes bonaerenses, que se amparan en decretos o leyes de la última dictadura militar encabezada, en marzo de 1976, por el genocida Jorge Rafael Videla.

Vale recordar que el intendente de Brandsen, Daniel Cappelletti (Cambiemos), disolvió el Juzgado de Faltas Municipal y asumió sus funciones, basándose en un Decreto Ley creado durante la presidencia del dictador Videla.

Haciendo propio el “pensamiento” del Proceso de Reorganización Nacional, en el que la Justicia la debía ejercer el Poder Ejecutivo, sin un Congreso Nacional ni Poder Judicial independientes, el intendente Cappelletti se basó en el Decreto Ley 8751 del año 1977.

Con dicha normativa se creaba la figura del Juez de Faltas, pero subordinado al Ejecutivo. Obviamente, no entraba en el pensamiento de los militares de entonces, que existiera una justicia que no respondiera al comandante a cargo del Municipio.

Entrados ya los años de democracia, y pasada una reforma Constitucional en el año 1994, hubo enormes avances en la obtención de derechos y garantías de los ciudadanos pero, curiosamente, ese Decreto Ley del Proceso Militar nunca fue reformado por los legisladores provinciales que, presionados por sus intendentes, han cajoneado sistemáticamente todo intento de proyecto que lleve a los ciudadanos a tener una Justicia de Faltas independiente, económica y administrativamente, del Departamento Ejecutivo.

Cuando les conviene, los intendentes bonaerenses se amparan en leyes de la última dictadura militar
Daniel Cappelletti.

Ahora, llama la atención que la nueva disposición del intendente de Brandsen vaya totalmente en contramano con la ordenanza que dio vida al Juzgado de Faltas en su municipio, la N° 590, que fue tratada en el Concejo Deliberante el 11 de enero de 1996 y promulgada por Decreto (N°36) el 18 de enero del mismo año.

En esa Ordenanza, aún hoy vigente, se planteó la necesidad de dotar a la Municipalidad de Brandsen de un organismo que lleve a cabo la actividad procedimental y el juzgamiento de las contravenciones cometidas, teniendo en cuenta, entre otras consideraciones: “Elementales principios de seguridad jurídica, hacen necesario garantizar al presunto infractor, el debido proceso y el ejercicio del derecho de defensa”.

Esto último, literalmente fue “tirado por la borda” con la decisión de Cappelletti, que pasa a ser Juez y Parte, tal el espíritu de la última dictadura militar.

Para afirmar ese concepto, basta con escuchar las “aclaraciones” del propio Cappelletti, quien destacó que el Juzgado de Faltas es municipal, “depende directamente del intendente y está dentro del presupuesto municipal”.

El jefe comunal explicó que al Ejecutivo lo motiva presentar este proyecto “la poca producción que tiene el Juzgado: invertimos tres veces más de lo que recaudamos” (dándole un valor económico a los derechos y garantías de los ciudadanos)… “Jerarquizar la Secretaría de Protección Ciudadana y Habilitaciones, que incluye tránsito, comercio, y todas las actividades, y en dicha área tranquilamente puede funcionar una Dirección de juzgamiento de las faltas municipales”, mostrando claramente la intencionalidad de recaudar más y convertirse en un gobierno lejos de ser Republicano, como lo exige la reforma de la Constitución de 1994.

Consultado al respecto Carlos Rey, presidente de la Asociación de la Justicia Municipal Bonaerense, no dudó en sostener que “la persistencia de utilizar una normativa sancionada en 1977 que no fue reformada en lo pertinente y admite que la jurisdicción pueda ser ejercida por el intendente municipal, en franca violación a lo establecido por el Artículo 8 del Pacto de San José de Costa Rica, permite que se den este tipo de situaciones donde se perjudica la imagen de la Justicia Municipal, que en lugar de concebirse como un servicio de justicia local, se constituye en un terreno de prebendas políticas de favores y amiguismo”.

Consultado si el jefe comunal de Brandsen tenía el poder para cerrar el Juzgado de Faltas, Rey respondió: “Mejor me gustaría preguntarme si tiene derecho, porque el poder es una cuestión fáctica y alguien puede hacerlo aún actuando ilegítimamente”.

“Si lo hace y actúa ilegítimamente, la Justicia repondrá en el cargo al juez y habilitará el juzgado, como ya ha pasado en hechos anteriores”, declaró Rey.

Por último, el presidente de la AJMB sostuvo que “estamos viendo cómo la tentación de autoritarismo, monopolio del poder y el despotismo absorbente, son virus que no desaparecieron aun pasadas más de tres décadas de democracia”.

 

Envíe su comentario
.